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03/05/2022

EL JUZGADO CIVIL NO PUEDE ORDENAR DETENCIONES

La Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de marzo de 2022 (Rec. 368/2020) sanciona a una jueza por ordenar una detención en un procedimiento civil, lo que constituye un desconocimiento inexcusable de la diferencia existente entre las potestades que corresponde en el ejercicio de la jurisdicción civil y penal,

La detención ordenada por la Juez sancionada supuso un apartamiento del proceder que de las leyes -constitucionales, de enjuiciamiento criminal y de enjuiciamiento civil- resulta con absoluta claridad sobre la imposibilidad de que un juez ordene una detención al margen del Juez penal que conozca o deba conocer de una causa criminal. Por tanto, de acuerdo con la doctrina jurisdiccional expuesta nos encontramos ante una decisión incardinable en el art. 417.9 de la LOPJ que no se encuentra afectada por la prohibición de que la actividad sancionadora del CGPJ invada el núcleo de la función jurisdiccional.



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